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Conoce tus derechos

En casa

Todas las personas que viven en los Estados Unidos, incluidos los inmigrantes indocumentados, tienen ciertos derechos constitucionales de los Estados Unidos. Si es indocumentado e inmigrante Los agentes (ICE) llaman a su puerta, sepa que tiene los siguientes derechos.

 No tienes que abrir la puerta. No tiene que abrir la puerta ni dejar que los oficiales entren a su casa a menos que tengan una orden de registro válida firmada por un juez. 

Una orden de deportación de ICE no es lo mismo que una orden de registro. Si este es el único documento que tienen, no pueden entrar legalmente a menos que usted acepta dejarlos entrar.

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Si los oficiales dicen que tienen una orden de registro firmada por un juez, pídales que la coloquen debajo de la puerta o la sostengan contra una ventana para que pueda verla. Si la orden no tiene su nombre y dirección correctos y no está firmada por un juez, no tiene que abrir la puerta ni dejarlos entrar. 

 Si en algún momento decide hablar con los agentes, no es necesario que abra la puerta para hacerlo. Puedes hablar con ellos a través de la puerta o salir y cierra la puerta. 

 Usted tiene derecho a permanecer en silencio. No es necesario que hable con los oficiales de inmigración ni responda ninguna pregunta. 

 Si le preguntan dónde nació o cómo entró a los Estados Unidos, puede negarse a responder o permanecer en silencio. 

 Si elige permanecer en silencio, dígalo en voz alta.

Si le piden que forme parte de un grupo de acuerdo con el estado migratorio, no tiene que mudarse, o puede mudarse a un área que no esté designada para un grupo. 

 Puede mostrar una tarjeta de conocimiento de sus derechos a un oficial que explique que permanecerá en silencio y desea hablar con un abogado.

 Puede negarse a mostrar documentos de identidad que indiquen de qué país es. No muestre ningún documento falso y no mienta.

Tiene derecho a hablar con un abogado. Si es detenido o detenido, tiene derecho a ponerse en contacto de inmediato con un abogado.

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 Incluso si no tiene un abogado, puede decirle a los oficiales de inmigración que desea hablar con uno. 

 Si tiene un abogado, tiene derecho a hablar con él. Si tiene un Formulario G-28 firmado, que muestra que tiene un abogado, déselo a un oficial. 

 Si no tiene un abogado, pídale a un oficial de inmigración una lista de abogados pro-bono. También tiene derecho a ponerse en contacto con su consulado. Es posible que el consulado pueda ayudarlo a encontrar un abogado.

  Puede negarse a firmar cualquier / todos los documentos hasta que haya tenido la oportunidad de hablar con un abogado. Si elige firmar algo sin hablar con un abogado, asegúrese de comprender exactamente lo que dice y significa el documento antes de firmarlo.

Incluso si no tiene un abogado, puede decirle a los oficiales de inmigración que desea hablar con uno. 

Si tiene un abogado, tiene derecho a hablar con él. Si tiene un Formulario G-28 firmado, que muestra que tiene un abogado, déselo a un oficial.

 Si no tiene un abogado, pídale a un oficial de inmigración una lista de abogados pro-bono. También tiene derecho a ponerse en contacto con su consulado. Es posible que el consulado pueda ayudarlo a encontrar un abogado.

  Puede negarse a firmar cualquier / todos los documentos hasta que haya tenido la oportunidad de hablar con un abogado. Si elige firmar algo sin hablar con un abogado, asegúrese de comprender exactamente lo que dice y significa el documento antes de firmarlo.

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Todas las personas que viven en los Estados Unidos, incluidos los inmigrantes indocumentados, tienen ciertos derechos constitucionales de los Estados Unidos. Si usted es indocumentado y los oficiales de inmigración (ICE) lo detienen en la calle o en un lugar público, sepa que tiene los siguientes derechos:

Usted tiene derecho a permanecer en silencio. No es necesario que hable con los oficiales de inmigración ni responda ninguna pregunta.

 Puede preguntar si puede irse. Si el oficial dice que no, puede ejercer su derecho a permanecer en silencio. 

Si le preguntan dónde nació o cómo entró a los Estados Unidos, puede negarse a responder o permanecer en silencio.

 Si elige permanecer en silencio, dígalo en voz alta. 

 Puede mostrarle una tarjeta de conocimiento de sus derechos al oficial que explique que permanecerá en silencio y desea hablar con un abogado. 

Puede negarse a mostrar documentos de identidad que indiquen qué país tú eres de. 

No muestre ningún documento falso y no mienta.

– Puede rechazar una búsqueda. Si lo detienen para interrogarlo pero no lo arrestan, no tiene que dar su consentimiento para que lo registren a usted mismo ni a sus pertenencias, pero un oficial puede “cachear” su ropa si sospecha que usted tiene un arma.

Incluso si no tiene un abogado, puede decirles a los oficiales de inmigración que desea hablar con un abogado.

 Si tiene un abogado, tiene derecho a hablar con él. Si tiene un formulario G-28 del DHS firmado, que muestra que tiene un abogado, entréguelo a un oficial.

 Si no tiene un abogado, pídale a un oficial de inmigración una lista de abogados pro-bono. 

También tiene derecho a ponerse en contacto con su consulado. Es posible que el consulado pueda ayudarlo a encontrar un abogado. 

 Puede negarse a firmar cualquier / todos los documentos hasta que haya tenido la oportunidad de hablar con un abogado.

 Si elige firmar algo sin hablar con un abogado, asegúrese de comprender exactamente lo que dice y significa el documento antes de firmarlo.

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